ClassicGest – Verifactu
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Preguntas Frecuentes
Factura eletrónica con ClasicGes - Verifactu
¿Qué es Verifactu?
Verifactu es un sistema de verificación de facturas recogido en el reglamento de la Ley Antifraude para dificultar al máximo la eliminación o manipulación indebida de las facturas, asegurando que la información fiscal registrada sea precisa y confiable.
Su objetivo es que las facturas sean verificables mediante la lectura de un código QR desde una aplicación de la AEAT. Por lo tanto, a partir de la implementación de Verifactu, las facturas siempre deben incluir un código QR, si no, no son válidas.
Para la implementación de Verifactu es imprescindible utilizar un software de facturación que cumpla los siguientes requisitos:
- Que cada factura incluya un código QR con los datos de emisor, destinatario, fecha, número de factura, importe e impuestos aplicados (no incluye la relación de bienes o servicios de la factura). Este código QR permite a los clientes y a Hacienda verificar la validez de la factura de manera inmediata.
- Que cada factura genere un código único de registro en el software donde se anota, de forma separada para cada empresa, la creación, modificación o eliminación de facturas. Las anotaciones en este registro tienen una serie de características técnicas para no pueda ser modificado.
- Que permita firmar las facturas con certificado digital para garantizar la autenticidad del emisor.
- Que permita la transmisión automática de la factura a la Agencia Tributaria.
- Que se incluya una declaración responsable del fabricante del software relativa al cumplimiento de la normativa.
- En el caso de programas que permitan el uso de varias empresas en una misma instalación, la empresa con la que está trabajando debe ser claramente visible en todo momento.
¿A quién afecta?
El sistema Verifactu afecta a las empresas y autónomos españoles, a excepción de los territorios con Régimen fiscal Foral (TicketBAI), las operaciones intracomunitarias y las operaciones con el extranjero.
¿Cuándo entra en vigor?
Las empresas que presentan el Impuesto de Sociedades (ISS) deben incorporarse al sistema Verifactu como máximo el 1 de enero de 2027. El resto de las empresas y autónomos españoles tienen como plazo hasta el 1 de julio de 2027.
A partir de julio de 2027, los programas de facturación ya deben estar preparados para el sistema Verifactu. Esto no quiere decir que las empresas deban empezar a usar este sistema en esa fecha, pero sí pueden ir conociendo su funcionamiento y hacer pruebas de facturación hasta la fecha en la que por ley deben implementarlo.
Diferencias entre el sistema Verifactu y el sistema No Verifactu
Las empresas pueden optar por usar Verifactu o no, pero los programas obligatoriamente deben permitir Verifactu; es decir, un programa que no nos permita usarlo en modo Verifactu no será legal, y muy fácilmente detectable por la AEAT.
Si la empresa decide usar Verifactu:
- Para darse de alta en el sistema Verifactu, basta con indicarlo en el programa y a partir de este momento, las facturas se enviarán a la AEAT y serán Verifactu. Eso significa que cada vez que emita una factura el programa enviará un paquete de información a la AEAT indicando quién es el emisor de la factura, el cliente, la fecha, el número de factura, el importe y los impuestos aplicados (no se envía la relación de bienes o servicios de la factura).
- Para realizar el envío a la AEAT la aplicación debe utilizar un certificado electrónico.
- En las facturas aparecerá la leyenda Verifactu y un código QR. Este código QR, escaneado con una aplicación de la AEAT permitirá verificar al cliente el importe, fecha y demás datos de la factura.
- Para darse de baja debemos tramitar una solicitud y esperar al 31/12, ya que una vez que hemos empezado a enviar facturas por Verifactu no podemos abandonar el sistema hasta el próximo ejercicio.
- La aplicación no firmará los registros de facturación ya que estos ya están garantizados por su envío a la AEAT.
- De un ejercicio Verifactu, la AEAT no nos podrá pedir los registros de facturación ya que los hemos ido transmitiendo con cada factura.
Si la empresa decide no usar Verifactu:
- En este caso las facturas llevarán igualmente un código QR en el que figuran los mismos datos de emisor, fecha, número de factura, destinatario, importe e impuestos que en el caso anterior. Si la leemos con la aplicación de la AEAT nos aparecerán los datos, pero nos dirá que es una factura “No Verifactu”.
- La aplicación almacenará los registros de facturación con un nivel superior de seguridad: Debe ir firmándolos con firma electrónica cada vez que se produzcan.
- La AEAT podrá solicitar que se le remitan los registros de facturación en cualquier momento y por vía telemática, desde el propio programa, que obligatoriamente debe tener esta función.

En resumen, las diferencias entre Verifactu y No Verifactu son:
- En ambos casos en las facturas debe aparecer un código QR, pero la leyenda Verifactu solamente en el caso de que usemos este sistema.
- Las facturas se transmiten a la AEAT al producirse solamente en caso de que estemos en sistema Verifactu.
- Si no estamos en Verifactu, la AEAT nos podrá requerir el registro de facturación en cualquier momento.
- Ni en los datos que se transmite a la AEAT en Verifactu, ni en el código QR aparecerá la relación de bienes o servicios de la factura.
- Tanto si estamos en Verifactu como si no, siempre debemos usar un certificado electrónico, en el primer caso para la remisión de los registros, y en el segundo para firmar los registros de facturación individualmente y transmitirlos ante un requerimiento.
¿Necesito un Certificado Digital para facturar?
Para la facturación Verifactu es imprescindible disponer de un Certificado Digital de la empresa instalado en el dispositivo desde el que se emita la factura, tanto si estás acogido al sistema Verifactu como al No Verifactu.
¿Qué significan para la empresa y para la sociedad los cambios introducidos?
La idea que hay detrás es impedir o al menos dificultar mucho el fraude fiscal y por ello la principal consecuencia debería ser que las empresas compitan entre ellas con unas mismas reglas de juego; y esto debería llevarnos a tener un tejido productivo más sano y mejor.
Estos cambios llegan para quedarse, son el fruto de la transposición de directivas europeas y deseamos que el esfuerzo que ahora todos vamos a tener que hacer redunde en beneficio colectivo.
En Verifactu Sitges nuestro trabajo es hacer que estos cambios signifiquen el menor coste y esfuerzo para tu empresa.
¿Cómo se garantiza que el software cumple con la normativa?
La certificación de que un software cumple con la normativa Verifactu se realiza a través de la emisión de una Declaración Responsable por parte del fabricante de software.
En este documento, el fabricante del software declara que su producto cumple con los requisitos técnicos y fiscales que exige la normativa, garantizando que los registros informáticos de las facturas mantienen la trazabilidad, legibilidad, conservación e inalterabilidad según lo pautado en la Ley Antifraude, el artículo 29.2 apartado j de la Ley General Tributaria y el Reglamento de Requisitos de los Sistemas Informáticos de Facturación, RRSIF, aprobado por el Real Decreto 1007/2023.
No se puede certificar un software con procesos externos o ajenos al productor, sino que se debe hacer una “auto-certificación” interna. Así que, por mucho que lo hayas leído en otros sitios, la AEAT no homologa ningún software por cumplir con Verifactu, si no que es el propio fabricante quien declara que su producto está adaptado a la ley.
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